El que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consiga la transferencia no consentida de cualquier activo en perjuicio de un tercero, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento veinte (120) meses y en multa de 200 a 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
sábado, 23 de abril de 2011
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4 comentarios:
me encanta este blog por q difunde informacion muy importante para que los lectores se informen mas acerca de los peligros q hay en internet...
Me parec muy buenoo este blog xq nos ayuda a conocer mucho sobre los delitos informaticos .... me encantaa! :)
bien, pero lo pudiste hacer mejor ¬¬
Si tienes alguna información que sea útil puedes colaborar para eso estamos para colaborarnos.... (y)
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